La CNE y Sener han establecido nuevas disposiciones para la migración de generadores al Mercado Eléctrico Mayorista, introduciendo cambios significativos en las tarifas y procedimientos.
En un movimiento significativo para el sector energético mexicano, la Comisión Nacional de Energía (CNE) y la Secretaría de Energía (Sener) han publicado nuevas disposiciones que regulan la migración de generadores de electricidad hacia el Mercado Eléctrico Mayorista (MEM). Este cambio busca facilitar el proceso de transición para los autoabastecedores y cogeneradores, estableciendo directrices claras y una nueva metodología para la determinación de tarifas de transmisión eléctrica.
Nueva Metodología de Tarifas de Transmisión
La nueva metodología, que la CNE ha hecho pública, está diseñada para establecer un cargo que las centrales de electricidad deberán asumir por el servicio de transmisión, de acuerdo con los contratos de interconexión y los convenios de transmisión bajo la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica (LSPEE).
- Tarifas actualizadas para asegurar eficiencia y calidad en el sistema.
- Condiciones equitativas para todos los permisionarios en el sector.
- Mejoras en la calidad, confiabilidad y sostenibilidad del Sistema Eléctrico Nacional (SEN).
Prórrogas para la Implementación
Uno de los aspectos más destacados de las nuevas disposiciones es la prórroga de dos años que se concede a ciertos permisionarios. Esta prórroga se extiende hasta el 6 de octubre de 2028, permitiendo que algunos puedan continuar operando bajo sus acuerdos existentes sin las nuevas tarifas hasta que se implemente el cambio.
- Se aplicará a quienes tengan un contrato de interconexión vigente posterior al 6 de octubre de 2028.
- También a aquellos que inicien el proceso de migración voluntaria durante el período definido.
Condiciones para la Aplicación de Tarifas Nuevas
Sin embargo, hay condiciones específicas bajo las cuales otros permisionarios deberán comenzar a pagar la nueva tarifa por el servicio de transmisión:
- Si no completan todas las etapas del procedimiento de migración.
- Si obtienen el estado de “Habilitado” en el registro de activos físicos.
- Si inician operaciones en el MEM después de concluir el procedimiento de migración.
Impacto en Energías Renovables y Cogeneración
La CNE también ha enfatizado que los permisionarios con contratos relacionados con energías renovables o cogeneración eficiente continuarán bajo el marco de la LSPEE. Se establecen criterios claros para incluir cargos resultantes de la energía compensada mientras se actualizan las Reglas del Mercado.
Fechas Clave del Procedimiento de Migración
El registro para la migración de autoabastimientos y cogeneración ha comenzado este 19 de junio. Las fechas clave incluyen:
- 19 de junio a 18 de septiembre de 2026: Registro de manifestación de interés.
- 21 de septiembre a 16 de octubre de 2026: Presentación de solicitudes de migración.
- 19 de octubre de 2026 a 12 de febrero de 2027: Revisión de funcionalidad de medición de centrales eléctricas.
Consideraciones para Empresas Estatales
En cuanto a las empresas públicas como la Comisión Federal de Electricidad (CFE) y Petróleos Mexicanos (Pemex), se señala que su evaluación de requisitos será atendida de acuerdo a su carácter de entidades públicas, garantizando que la supervisión y el control de sus actividades se mantengan con estabilidad en el mercado energético.
La implementación de estas nuevas disposiciones no solo transformará el panorama energético en México, sino que también asegurará una transición que favorezca tanto a la eficiencia del sistema eléctrico como a la sostenibilidad de los recursos energético.